sábado, 14 de junio de 2008

TOMAS DE POSESIÓN Y PERMISOS

ARTÍCULO 29 DEL REGLAMENTO DE INGRESO:

1) La toma de posesión del primer destino tendrá lugar en el plazo de 20 DÍAS NATURALES CONTADOS DESDE EL DÍA SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN DE SU NOMBRAMIENTO EN EL BOE.

2) EN EL CASO DE PROMOCIÓN INTERNA: si optan por continuar en activo en el cuerpo de procedencia no será necesario que se desplacen a tomar posesión, basta con que dentro del plazo posesorio lo comuniquen así a los efectos de excedencia voluntaria.

ARTICULO 35 DEL REGLAMENTO DE INGRESO:

Los funcionarios de carrera en servicio activo que accedan a un nuevo cuerpo por el sistema de promoción interna, tendrán derecho a partir de la toma de posesión al permiso retribuido que establece la Disposición Adicional Quinta del RD 364/1995, de 10 de marzo para la AGE.

Y esta D.A. Quinta establece el DERECHO, A PARTIR DE LA TOMA DE POSESIÓN, A UN PERMISO RETRIBUIDO DE TRES DÍAS HÁBILES SI EL DESTINO NO IMPLICA CAMBIO DE RESIDENCIA DEL FUNCIONARIO Y DE UN MES SI LO COMPORTA.

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